Marco Legal

ORGANIZACIÓN POLÍTICA

EL MUNICIPIO

El municipio es la comunidad de vecinos con gobierno y territorio propios, que tiene por objeto el desarrollo de los intereses locales. Su territorio deberá coincidir con el del distrito y se dividirá en zonas urbanas y rurales. (Ley Nº 3966/10 Orgánica Municipal Art. 1)

ATRIBUCIONES DE LOS MUNICIPIOS

Las atribuciones de los municipios están previstas en el artículo 168º de la Constitución Nacional y sus funciones específicas son desarrolladas en el Art. 12 de la Ley Nº 3966/10 Orgánica Municipal.